¿Cómo participar?
De acuerdo al artículo 19 de la Ley 2200 de 2022, es función de las Asambleas Departamentales Promover la participación ciudadana mediante la realización de audiencias públicas y especiales sobre temas de interés departamental.
De igual forma, constituyen formas de participación ciudadana; la iniciativa normativa, la posibilidad de participar en la discusión de Proyectos de Ordenanza personalmente o en la página web de la Corporación.
Los Proyectos de Ordenanza pueden ser presentados ante la Secretaría General de la Asamblea por parte del Gobernador, por conducto de los secretarios, los Diputados, el 30% de los concejales del Departamento, el 10% de los ciudadanos inscritos en el censo electoral y el Contralor Departamental en materia relacionadas con sus atribuciones.
Una vez certificado por la Registradora del Estado Civil en cumplimiento de los requisitos exigidos por la ley 134 de 1994, su vocero presentará dicho certificado con el Proyecto de Ordenanza y la exposición de motivos, así como la dirección donde recibirá notificaciones.
Con el fin de garantizar el principio de participación ciudadana la discusión de Proyectos de Ordenanza que se tramitan en las comisiones, toda persona natural o jurídica podrá presentar observaciones escritas a los mismos. Éstas deben presentarse en original y tres copias.
Para ampliar la información consulte los Artículos 259 y 260 del Reglamento Interno de la Asamblea Departamental de Santander.
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Bucaramanga.Santander.
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